jueves, 13 de diciembre de 2007

FORO VIRTUAL SOBRE SEGURIDAD ALIMENTARIA.

Los temas abarcados en la información publicada en esta edición pueden debatirse a lo interno del gremio en el Foro Virtual que mantiene ACOVIPA en la dirección: http://clientes.mediosdigitales.com/acovipa/foros/.
La empresa Kraft Foods, miembro de ACOVIPA, nos he emitido su opinión:
Registro Sanitario: Consideramos que el tiempo del RS es aceptable y el tramite es expedito. Además hemos sentido apertura de parte de AUPSA con nuestras observaciones. El mayor problema es la comunicacion, pues el sistema telefonico no admite llamadas internacionales y en nuestro caso la oficina que administra nuestros registros sanitarios y los temas regulatorios se encuentra en Costa Rica.
Manuales de procedimiento: No tenemos acceso al manual de procedimiento de inspección de plantas. Consideramos que se debe hacer un esfuerzo por centralizar la información (reglamentación) para que sea mas fácil su acceso.
La AUPSA y el TLC con USA: A pesar de que hay una resolución que habla de la equivalencia del sistema aun hay dudas en el caso de productos que no son de origen animal. Tampoco esta claro como queda la verificación con reglamentacion nacional que no necesariamente es igual a la de FDA.
Elaboración y cobro por análisis: Nos gustaría entender cuales son los criterios de la autoridad para la elaboración de los diferentes análisis y según la categoría de alimento, pues a algunos contenedores se les analiza mientras que a otros no.

EVALUACIÓN DE LA LABOR DE LA AUTORIDAD PANAMEÑA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA EN EL 2007.

La Junta Directiva de la Asociación de Comerciantes y Distribuidores de Víveres y Similares de Panamá (ACOVIPA), consciente de la necesidad de desarrollar reuniones periódicas entre nuestro gremio y las entidades gubernamentales relacionadas con nuestra actividad comercial, en el año 2007 llevó a cabo una serie de reuniones con la Autoridad de Seguridad Alimentaria de Panamá (AUPSA) para unificar criterios sobre el funcionamiento de esta entidad. ACOVIPA deja claro que la labor de la AUPSA en general es bastante buena.

PRODUCTOS SENSITIVOS

El mayor punto de discordancia en el 2007 radica en los productos sensitivos (cebolla, papa, arroz, u otros) a los cuales no se les está emitiendo sus requisitos de importación. La línea oficial es coordinar desde las llamadas Cadenas Agroalimentarias las aprobaciones de las importaciones de los productos que manejan.

TRÁMITES Y REQUISITOS

Muchas empresas han manifestado que no tienen ningún inconveniente con las demás clases de productos alimenticios que se importan. Sin embargo repasemos cada unos de los temas que fueron abordado a lo largo de este año.

DISPERCION DE REGLAS

A inicio de año los técnicos y directivos de la AUPSA se reunieron con sus similares del MIDA para la transición de reglas, normas y disposiciones entre ambas entidades sobre el tema de la importación de alimentos. La dispersión de reglas para importar entre Cuarentena Agropecuaria y la AUPSA fueron objetos de análisis posteriores entre las partes interesadas.

INSPECCIONES DE PLANTAS

Para finales del mes de enero, sobre el tema de las inspecciones de plantas en el extranjero el Dr. Real mencionaba que en la práctica internacional la revisión puede darse por Revisión de la documentación técnica o la inspección in situ. Para Real a nivel mundial ningún país aprueba la importación de alimentos a su mercado sin inspección de las plantas in situ. De esto se dedujo que las mismas se tendrían que realizar.

CERTIFICADOS DE LIBRE VENTA Y TLC CON EE.UU.

Certificados de Libre Venta.

Sobre el tema de los Certificados de Libre venta los mismos quedan igual. Para AUPSA este es un requisito que está tipificado en el Codex Alimentarius. Este es un documento similar a una cédula de identificación para productos empacados, embotellados o enlatados.

La AUPSA y el TLC con Estados Unidos.

En el manejo de los alimentos el tema de la equivalencia sanitaria (para productos de origen animal, con énfasis en carnes frescas y productos cárnicos de bovinos, carnes frescas y productos cárnicos de porcinos y aves) acordada en el TLC entre Panamá y Estados Unidos ha sido emitida por parte de nuestras entidades. Esto ha facilitado las funciones de la autoridad.

Sobre la Equivalencia al Sistema Sanitario de los EE.UU., publicada en la Gaceta Oficial No. 25,728 del 8 de febrero de 2007, a través de la Resolución No. 60 de viernes 24 de marzo de 2006 el MIDA resuelve para efectos de la importación hacia Panamá, reconocer la Equivalencia de los Sistemas Sanitarios y Fitosanitarios y otros sistemas regulatorios relacionados de los Estados Unidos para carnes y otros productos. De acuerdo al MIDA todo depende de cómo interpretemos y apliquemos la resolución. Según el alto funcionario esto no significa que se puede importar de cualquier planta sino de las plantas que estén registradas dentro del sistema federal.

REGISTRO SANITARIO Y COBRO DE ANÁLISIS

Registro Sanitario.
Para mediados del mes de octubre del presente año fuentes periodísticas reportaban que cerca de 4, 082 productos alimenticios, sin registro sanitario, ha detectado la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (AUPSA), en lo que va del año.

Una vez que culmine todo el proceso que la ley exige para estos casos, los comercios serán multados con mil dólares, por ser primera vez. No obstante, advirtió Bermúdez, si los infractores vuelven a cometer la falta, recibirán una sanción mayor.

Según las estadísticas oficiales, de enero a junio de este año, la institución ha emitido 4 mil 477 nuevos registros sanitarios a productos alimenticios importados.

Elaboración y Cobro por Análisis.

Los análisis sanitarios, fitosanitarios y de inocuidad de alimentos, que la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (Aupsa) realiza a los productos importados, tienen ahora un costo para las empresas que traigan la mercancía al país. El 25 de julio se promulgó en Gaceta Oficial la Resolución No. 005, que establece las tarifas que la Aupsa cobrará de ahora en adelante en concepto de prestaciones de servicios de análisis.

Desde que la Aupsa comenzó operaciones, las pruebas de análisis que se efectuaban a los diferentes productos importados corrían por cuenta de la entidad; no obstante, el Decreto Ley No. 11 de febrero de 2006, que crea la Aupsa, establece en su artículo 7 que entre las funciones de la Autoridad están las de revisar, actualizar y establecer las tarifas por los servicios que presta. Los análisis que realiza la Aupsa son fisicoquímicos, microbiológicos, biológicos y pruebas a productos del mar y alimento animal. El costo varía dependiendo del tipo de prueba y oscila entre los siete dólares y los 200 dólares.

Según estadísticas de la Aupsa, de enero a junio de 2007 han realizado 3 mil 207 análisis a productos alimenticios importados. De ese total, 49.5% de la mercancía provenía de América del Norte; 2.7%, de Centroamérica y el Caribe; 39.1%, de Suramerica; 5.3%, de Asia y Oceanía; 2.8%, de Europa; y 0.5%, de África.

Solo en un 2% de los casos examinados se han identificado alimentos que califican como "no conformes", pero eso no significa que no pueden ingresar al país. En esos casos, se conversa con el importador para hacer los correctivos. Y cuando el producto viene con insectos, se le aplica un tratamiento y luego se vuelven a hacer evaluaciones para determinar si se puede comercializar. Los análisis de laboratorio se realizan en el Instituto Conmemorativo Gorgas y en la Universidad de Panamá.

TRÁMITES DE IMPORTACIÓN Y TRANSPORTE DE ALIMENTOS.

Duración de los trámite de importación.

A partir de junio la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos puso en ejecución el Sistema Nacional de Importación de Alimentos (SIGNA) para alimentos pre- envasados. El sistema es para agilizar todos los trámites en 48 horas. Aclaró que anteriormente este sistema se tenía que tramitar ante los registros y licencias de la Dirección de Cuarentena del Ministerio de Desarrollo Agropecuario, y de Protección de Alimentos del Ministerio de Salud. El importador solo debe llenar en Internet los formularios para el envío de información, para que el funcionario evalúe y apruebe el proceso de registro sanitario.
Transporte y Transbordo de Alimentos.

Los embarques de alimentos pre envasados que ingresen al país en tránsito o transbordo tienen que cumplir nuevas disposiciones que buscan garantizar la seguridad sanitaria del país. Las compañías responsables de los embarques deberán recibir una autorización —en menos de 48 horas— de la Autoridad Panameña de Seguridad Alimentaria (Aupsa), que verificará su procedencia y determinará el riesgo sanitario que representa para el país, según consta en una resolución oficial de esa entidad.

El tránsito o transbordo de esa clase de alimentos solo podrá realizarse en terminales portuarias habilitadas para realizar inspecciones sanitarias. Además, los contenedores deberán contar con etiquetas especiales donde se detalle la clase de producto que transporta (animal o vegetal). Una comisión técnica tendrá la potestad de ordenar la destrucción de la mercancía cuando se determine que representa un riesgo para la salud humana y animal, advierte la resolución.

También se estableció que los contenedores no podrán ser abiertos y en caso de una diligencia judicial se deberá coordinar obligatoriamente con la Aupsa las medidas de bioseguridad que se aplicarán previo a la apertura de esos embarques. Los contenedores que ingresen al país a través de las zonas portuarias deben ser precintados y sellados, y solo podrán ser abiertos por autoridades competentes de los países de tránsito y de origen, detalla el documento, que comenzó a regir desde el mes de febrero.

SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS Y PRODUCTOS ENLATADOS.

SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS

Los complementos o suplementos alimenticios dejaron de estar en un limbo jurídico al resolverse qué institución tiene la competencia de atender el proceso de importación. Luego de una consulta al Codex Alimentarius (Codex), el organismo internacional que regula los alimentos, se decidió que la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos iba a atender los complementos alimenticios "no terapéuticos", mientras que el Ministerio de Salud se encargaría de los "terapéuticos".

Entre los requisitos exigidos está que los productos no deben contener etilenglicol y/o dietilene glycol, productos tóxicos asociados a más de 100 muertes en el país. Aupsa además exigirá que los productos indiquen en su etiquetado que no cuentan con declaraciones de propiedades terapéuticas sustentadas por estudios clínicos. Los productos deben decir: "No está diseñado para diagnosticar, aliviar o curar enfermedades". La autoridad sanitaria deberá avalar aquellos complementos con propiedades curativas.

PRODUCTOS ENLATADOS GOLPEADOS

La AUPSA recomienda a la población no comprar productos enlatados cuyos envases estén golpeados, achurrados, oxidados o expirados porque representan un peligro para la salud humana. Para las autoridades si el consumidor no comprara esos alimentos que están golpeados, el mismo supermercado lo tendría que retirar al final, pero como muchas veces los venden más baratos por la condición en que están el cliente los lleva. Las latas que están oxidadas tampoco deben ser compradas por los consumidores por las mismas razones. A juicio de las autoridades, los productos enlatados que estén achurrados no deberían estar en el mercado.

INFORME DE REUNIÓN ENTRE ACOVIPA Y AUPSA. MAYO DE 2007.

Esta reunión se realizó el pasado jueves 10 de mayo en las oficinas de la Dirección Nacional de Negociaciones Internacionales del Ministerio de Comercio e Industrias (MICI). Por ACOVIPA participaron Iván Ríos, Roberto Pretelt, Mariana Yee, Rodolfo Adames Hijo y Arturo Almau.

Por la AUPSA estuvieron el Ministro de Desarrollo Agropecuario, Lic. Guillermo Salazar en calidad de presidente de la Junta Directiva de la Autoridad Panameña de Seguridad Alimentaria (AUPSA), el administrador de la AUPSA, Gilberto Real; Leroy Shiffer, en representación del Ministro de Comercio e Industrias, Alejandro Ferrer y sus respectivos asesores.

La agenda presentada por ACOVIPA en la reunión incluía los siguientes puntos:

1. Presentar un listado de productos sensitivos que manejan las empresas asociadas y que no vienen recibiendo los requisitos sanitarios por parte de la AUPSA.

2. El tema de la Comisión Consultiva dentro de la AUPSA y a la cual pertenece ACOVIPA pero que hasta la fecha no ha recibido ninguna convocatoria de reunión.

3. Solicitar a la AUPSA que ante cualquier negativa de no otorgar requisitos sanitarios a determinados productos explicar a la empresa importadora y al sector en general los motivos de la negativa y la sustentación técnica y científica.

Con respecto al primer punto, el Ministro Salazar explicó que los mencionados productos sensitivos fueron determinados en las negociaciones de ingreso de Panamá a la Organización Mundial de Comercio y que no es el Gobierno panameño el que los califica como tal.

Sustentó además, que estos productos fueron manejados de igual forma en las negociaciones de los Tratados de Libre Comercio firmados por Panamá y recientemente el Tratado de Promoción del Comercio con los Estados Unidos. Es por ello, explica el funcionario, que estos productos se les deben dar un trato especial por parte de las autoridades.

Esto explica el porque los importadores al solicitar los requisitos sanitarios de estos productos vienen recibiendo una nota de la AUPSA en la que se menciona que los procedimientos a seguir para la importación de productos sensitivos deben esperar a que el Secretario General del MIDA, como coordinador nacional de las cadenas agroalimentarias de productos sensitivos, convoque a las mismas a reunión con todos sus integrantes (productores, comercializadores, importadores y autoridades gubernamentales afines). En la reunión antes mencionada, los integrantes deben acordar las cantidades y período para importar el determinado producto.

ACOVIPA manifestó que esto es contrario al Decreto No. 11 que crea la AUPSA y que los importadores podían proceder tal como lo establece el Artículo 57 del Decreto Ley que establece que si el Director de Normas para la importación de Alimentos no emita los requisitos de importación en el plazo de 30 días, la empresa interesada podrá elevar la solicitud a la Comisión Técnica Institucional, quién tendrá un plazo de 30 días para resolver. Transcurrido 90 días desde que tuvo conocimiento la Comisión Técnica Insitucional y sin que éste haya emitido los requisitos de importación, se considerará que el alimento podrá ser importado al territorio nacional.

Surgió por parte del MIDA nuevamente el planteamiento de que a los productores nacionales, en especial de productos sensitivos, el Gobierno no los puede abandonar permitiendo grandes cantidades de importaciones que los llevarán a su eliminación. Que tampoco les pueden hablar de reconversión porque todavía no están preparados y demás.

Con respecto al Artículo 57 del Decreto Ley No. 11 el ministro del MIDA destacó que si bien es cierto los importadores pueden proceder de esa manera pero que el Gobierno se verá en la necesidad de solicitar un estudio de compensación para aumentarle el arancel de estos productos. Salazar considera que esta no es la vía y que tampoco se quiere nuevamente generar controversias entre importadores y las autoridades.

El ministro Salazar solicitó compresión a ACOVIPA ya que el gobierno se siente presionado por este tema e igualmente por el tema del aumento de los precios de los productos de la Canasta Básica Familiar. De acuerdo al alto funcionario este tema puede afectar todos los logros que se han hecho en materia comercial. Propuso al gremio buscar la forma de evitar eso.

El ministro Salazar propuso oficialmente manejar toda esta temática en el marco de los Contingente por Desabastecimiento y la promoción de la Bolsa Agroindustrial, S. A. (BAISA).

El proceso se iniciaría en la Cadenas Agroalimentarias donde comerciantes y productores definirían la demanda y la oferta. En base a esta información el gobierno aprobaría los contingentes por desabastecimiento de ser necesario.

A su vez se promovería a BAISA como una opción de compra y venta de productos agropecuarios en general. Que las cadenas de supermercados podrían manejar la opción de llevar a algunos de sus proveedores de productos agropecuarios a la Bolsa ya que a los comerciantes les interesan contratos con garantías y basados en los precios internacionales.

Este tema ayudaría a los pequeños productores a adquirir financiamiento en base a un contrato formal de compra-venta. El Fondo de Garantía ayudaría grandemente en esta dirección.

Como es de conocimiento entre los agentes económicos BAISA solamente negocia los contingentes ordinarios pactados en la OMC y los contingentes por desabastecimiento. El Estado requiere un apoyo para generar confianza en el mecanismo de la Bolsa.

En Panamá por muchos años se vienen comercializando una gran cantidad de productos agropecuarios y agroindustriales y nunca han generado contratos de compra y venta. Esto no beneficia a los productores y los limita financieramente. De acuerdo a las autoridades todos los mecanismos están creados pero dispersos en varias dependencias.

Finalmente, sobre los puntos restante de la agenda se recomendó a la AUPSA fortalecer sus canales de comunicación tanto con los importadores como con ACOVIPA y se acordó una reunión para el martes 22 de mayo de la Comisión Técnica Consultiva de la entidad.

INFORME DE REUNIÓN ENTRE ACOVIPA Y AUPSA. FEBRERO DE 2007.

A esta reunión asistieron por la Asociación de Comerciantes y Distribuidores de Víveres y Similares de Panamá (ACOVIPA), Iván Ríos, Ricardo Gago, Arturo Almau, Roy Eduardo Icaza; Nikos Mamais y Aldo Mangravita. Por la Bolsa Agroindustrial, S.A. (BAISA), asistió su Gerente General Abelardo Carles. Por la Autoridad Panameña de Seguridad Alimentaria (AUPSA) estuvo su Administrador General, Dr. Gilberto Real. El Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA) estuvo representado por el Ministro Guillermo Salazar y la asesora legal de la entidad Liana Zamora.

Los temas de la reunión fueron:
1 Unificar criterios sobre el funcionamiento de la Autoridad Panameña de Seguridad Alimentaria (AUPSA).
2. Aprobación por parte de Panamá de la Equivalencia al Sistema Sanitario de los Estados Unidos.
3. Productos Agropecuarios, Agroindustriales y Preenvasados y su comercialización a través de BAISA.

El Ministro Salazar inició su intervención mencionando el Informe Técnico de la Evaluación para la Determinación de Equivalencia del Sistema Sanitario de los Estados Unidos de América, para productos de origen animal , con énfasis en carnes frescas y productos cárnicos de bovinos, carnes frescas y productos cárnicos de porcinos y aves.

Salazar se manifestó conforme con el informe y lo considera bien sustentado y elaborado. El informe se encuentra en los sitios de Internet del MIDA y AUPSA.

Sobre la Equivalencia al Sistema Sanitario de los EE.UU., Salazar mencionó que en la Gaceta Oficial No. 25,728 del 8 de febrero de 2007, a través de la Resolución No. 60 de viernes 24 de marzo de 2006 el MIDA resuelve para efectos de la importación hacia Panamá, reconocer la Equivalencia de los Sistemas Sanitarios y Fitosanitarios y otros sistemas regulatorios relacionados de los Estados Unidos para carnes y otros productos. De acuerdo a Salazar todo depende de cómo interpretemos y apliquemos la resolución. Según el alto funcionario esto no significa que se puede importar de cualquier planta sino de las plantas que estén registradas dentro del sistema federal.

En la Gaceta Oficial No. 25,730 de 12 de febrero de este año el Ministerio de Salud a través de la Resolución No. 070-A de viernes 24 de marzo de 2006 resolvió lo mismo sobre el tema en mención. Para poder importar productos de EE.UU. en base al TLC y la equivalencia sanitaria hace falta que la AUPSA publique su resolución al respecto. Para el jueves 15 del mismo mes se esperaba que la AUPSA hiciera lo mismo.

En el tema de las plantas procesadoras los importadores solicitaron un listado de las plantas que están bajo el sistema federal. Las autoridades informaron que este listado se publicará y se actualizará periódicamente y que habrá un sistema de notificación.

Se hicieron algunas consultas con respecto a que si el Certificado de Origen se puede utilizar como Certificado de Libre Venta (CLV). Otros consultaron que si un importador introduce un producto en AUPSA y recibe un número que resume que el importador cumple con todos los requisitos porqué pedir entonces una copia del CLV por cada contenedor.

De acuerdo al Dr. Real de la AUPSA el CLV quedó negociado en el TLC con los EE.UU. adjudicándole una vigencia de doce meses. Para Real el CLV tiene una caducidad que el funcionario tiene que verificar y por eso se solicita las copias.

Se analizó el tema de las fechas vencimiento de los productos preenvasados. Los inspectores en los puertos están pidiendo a los importadores todo tipo de fechas que atrasan la entrada de los productos. Algunas de estas vienen en calendario juliano. El importador recibe una carta de su proveedor en el extranjero para interpretar la fecha juliana y le coloca la etiqueta con la fecha interpretada. Sin embargo esto está causando problemas en el mercado.

Para los importadores es fundamental aclararles a los inspectores que ni el MIDA ni AUPSA pueden parar una importación. Está pasando que el importador cumple con todos los requisitos de estas entidades para traer el producto al mercado nacional pero una tercera entidad está obstaculizando su comercialización por otras disposiciones.

Para el ministro Salazar hay que incluir en los requisitos que emite la AUPSA para los productos importados más información sobre normas nacionales que no saben ni los importadores locales ni los proveedores en el extranjero. Para los importadores esto significaría mayor confusión.

De acuerdo a Gilberto Real todos estos temas son puntuales y basados en el Codex Alimentarius pero lo más importante son los procedimientos. Mencionó que AUPSA entregó un borrador de manual de procedimiento interno para la consideración de los importadores. Próximamente la entidad entregará un manual de procedimiento en el puerto. La retroalimentación para AUPSA es importante ya que los cambios son grandes y rápidos.

Finalmente, sobre el tema de la Bolsa Agroindustrial, S. A. se informó que hace dos semanas se realizó una reunión con los productores de arroz y los molineros para ver como se utilizan todos los mecanismos para ayudar que todas las actividades financieras, comerciales y productivas del rubro se fundan en BAISA.

Sobre este tema ya se han hecho algunos ejercicios pero se perdió el ánimo porque los productores nacionales no ven los beneficios de esta opción bursátil. Este año se iniciará con arroz un proyecto piloto. Se espera que deje buen resultado y otros productos puedan entrar.

En Panamá por muchos años se vienen comercializando una gran cantidad de productos agropecuarios y agroindustriales y nunca han generado contratos de compra y venta. Esto no beneficia a los productores y los limita financieramente. Para los importadores esta es una excelente idea. Hay que identificar o crear estímulos y poner los plazos de cumplimientos. De acuerdo a las autoridades todos los mecanismos están creados pero dispersos en varias dependencias.

INFORME DE REUNIÓN ENTRE ACOVIPA Y AUPSA DE ENERO DE 2007.

Por ACOVIPA asistieron a la reunión Iván Ríos, Roy E. Icaza; Arturo Almau; José Alfonso Gago; Roberto Pretelt y Rodolfo Adames. Por AUPSA estuvieron presentes el Dr. Gilberto Real y su grupo de trabajo. Uno de los temas iniciales tratados fue el de los resueltos del MIDA publicados en la Gaceta Oficial en el pasado mes de enero:

1. Reglamento DAL-066 – ADM – 06 de 20 noviembre de 2006 “Adoptar el Reglamento que define las Categorías de Riesgo Fitosanitario para el Ingreso de Plantas, Productos y Alimentos de Origen Vegetal “ publicado en la Gaceta Oficial No. 25,706 del lunes 8 de enero.

2. Resuelto No. 067 – 06 del 20 noviembre de 2006 “Adoptar el Reglamento que define los Requisitos Fitosanitarios Generales y Específicos que deberán ser cumplidos por el importador que desee ingresar Plantas, Productos Vegetales u otros artículos reglamentados a la República de Panamá” publicado en la Gaceta Oficial No. 25,712 del miércoles 17 de enero de 2007.

ACOVIPA, luego de un análisis jurídico de los resueltos, considera que los mismos violan el Decreto Ley No. 11 de 22 de febrero de 2006 que crea la Autoridad Panameña de Seguridad Alimentaria (AUPSA).

Este tema fue analizado en conjunto por parte de la AUPSA y el MIDA. Al parecer este tema fue subsanado que, de se acuerdo al Dr. Real, lo mismos van a ser derogados.

Funcionamiento de la Autoridad Alimentaria de Panamá.

A finales de febrero no van a estar listo todos los requisitos para los productos que se importan en Panamá. El ritmo de aprobación de estos requisitos no es el adecuado.

Sobre el tema del funcionamiento de la AUPSA el Dr. Real mencionó que todavía hay trámites relacionados con las importaciones de alimentos que no están centralizados en la entidad. Estos se refieren a sellos, firmas, predeclaraciones, entre otros.

Con respecto a la transición de las funciones del Departamento de Protección de Alimentos y la Autoridad Alimentaria, los técnicos de ambas entidades se reuniones y decidieron que la AUPSA debe emitir primero las normas y luego realizar los ajustes.

Nada asume la AUPSA sino hay emitida norma alguna. De esta manera se están elaborando los requisitos para aquellos productos que el mercado está mostrando mayor demanda.

Inspecciones del plantas.

Sobre el tema de las inspecciones de plantas en el extranjero el Dr. Real mencionó que en la práctica internacional la revisión puede darse por Revisión de la documentación técnica o la inspección in situ. Para Real a nivel mundial ningún país aprueba la importación de alimentos a su mercado sin inspección de las plantas in situ. De esto se deduce que las mismas se tendrán que realizar. El manual de inspecciones de planta está en borrador.

Manuales de Procedimientos.

AUPSA ha culminado un manual de procedimiento general que ha puesto a la orden de ACOVIPA para su revisión.

Certificados de Libre Venta.

Sobre el tema de los Certificados de Libre venta los mismos quedan igual. Para AUPSA este es un requisito que está tipificado en el Codex Alimentarius. Este es un documento similar a una cédula de identificación para productos empacados, embotellados o enlatados. En el TLC con Estados Unidos este es un tema que quedó establecido.

Reglamentación de Decreto No. 11.

La Reglamentación del decreto No. 11 que crea la AUPSA está para la firma del presidente de la República.

La AUPSA y el TLC con Estados Unidos.

En el manejo de los alimentos el tema de la equivalencia sanitaria acordad en el TLC entre Panamá y Estados Unidos no ha sido emitida por parte de nuestras entidades. Esto ha complicado las funciones de la autoridad. AUPSA pensaba que estaría a esta fecha a otro nivel de funcionamiento. Hasta el 28 de febrero el gobierno debe adecuarse al TLC con Estados Unidos.

Opinión de los importadores

Toda esta problemática afecta las inversiones locales e internacionales en el sector comercial de productos alimenticios y de consumo masivo.

Conclusiones de la Reunión:
Se establecieron las siguientes compromisos:

Acelerar el traspaso de las funciones del DEPA y Cuarentena Agropecuaria a AUPSA.
Completar los requisitos para todos los productos que se importan
Establecer prioridades entre los productos a los cuales se le elabora los requisitos.
Convocara una reunión entre el MIDA, MICI, ACOVIPA, BAISA y AUPSA para unificar criterios en torno a la labor de la Autoridad Alimentaria.